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Asistencia para carpetas psiquiátricas laborales

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Despido durante licencia psiquiátrica: ¿El empleador puede despedir?

Durante una licencia por enfermedad, cualquiera sea la misma, pero principalmente las licencias psiquiátricas por enfermedad mental el trabajador o trabajadora goza de una protección especial. Esto sucede porque la ley presupone que todo trabajador enfermo implica un costo para la empresa, debido a que debe percibir el mismo salario tal como si estuviese en actividad, lo cual puede en algunos casos generar maniobras o conductas obstaculizadoras de la licencia o peor, discriminatorias. Por ello, todo despido durante enfermedad se presume discriminatorio. Explicaremos en qué consiste ello:

despido durante licencia

El despido durante la licencia psiquiatra se presume discriminatorio

Un despido durante una licencia por enfermedad es un acto que se presume discriminatorio salvo que el empleador pruebe que el mismo responde a otras causas. Esto es lo que se conoce comúnmente como inversión de la carga de la prueba, ya que el estado de enfermedad al implicar un costo, pone en una situación delicada al trabajador tanto en su salud como en su estabilidad laboral. Por ello, la ley lo protege, concretamente la Ley 23.592 contra toda clase de discriminación, incluida la enfermedad.

 El trabajador durante la enfermedad o bien, una vez reincorporado y por un plazo considerable está protegido y si el empleador lo despide, sin demostrar que existe una verdadera causa ajena (es decir, no puede despedir sin causa, como sucede cuando no existe un contexto licencia por enfermedad). Por ello, ante un despido de estas características el trabajador tiene dos (2) opciones:

A. Pedir la reinstalación ya que todo despido discriminatorio es nulo, es decir, carece de validez. Esto se concreta por medio de un amparo que acorta notablemente los tiempos, es un acción rápida. 

B. Solicitar la indemnización agravada de trece (13) salarios adicionales, a su indemnización tradicional o tarifada.

Los despidos motivados por enfermedad han aumentado considerablemente y la justicia hoy en día posee una profusa y armónica jurisprudencia que castiga duramente este tipo de accionar, por citar algunos ejemplos:

              “En el caso, el distracto decidido luego de que el trabajador solicitara la reincorporación a sus tareas tras haber gozado licencia por enfermedad psíquica en los términos de los arts. 208 y sgtes. de la LCT, constituye un indicio serio de que el despido encontró motivo en dicha enfermedad, máxime teniendo en cuenta que si bien se le había otorgado el alta médica para prestar tareas, debía continuar bajo tratamiento psicológico. La injuria invocada como causa del distracto resultó ser una mera excusa utilizada por la accionada para ocultar la real causa de despido que, a mi modo de ver, obedeció a la enfermedad psicológica padecida por el trabajador y, por lo tanto, deviene en causa de discriminación.” R. R. B. E. c/ Iguatemi S.A. y otro s/ despido. CNAT Sala IX. 12/12/2014.

           “El reconocimiento por parte del empleador que el trabajador se ausentó e internó por diversos malestares relacionados con su enfermedad  y la contemporaneidad con el despido conduce a la presunción de discriminación, máxime ante la ausencia de prueba que demuestre que se debió a una causa distinta a su estado de salud” (CNTrab, sala VI, 27/03/2012, “V., C.A. c/ Coto CICSA s/ despido”  DT, 2012 (junio), 1524).

Es importante destacar que incluso el trabajador cuenta con una protección post-licencia psiquiátrica. Es decir, durante un tiempo prudencial (un año, por ejemplo) esta amparo no solo de por despido, sino por cualquier menoscabo o cambio en sus condiciones de trabajo que le ocasione perjuicio. Observamos acá un caso de discriminación luego de la reincorporación:

              “Dicha discriminación por enfermedad, aparece palmaria por la proximidad, concatenación, enlace, contigüidad e incluso, estado aledaño de los hechos siguientes; contrato de trabajo en plenitud, enfermedad, regreso, despido sin causa. He allí, los indicios que conducen ha un encadenamiento de hechos, que muestra la realidad discriminatoria.” S., F. M. v. Laboratorio Temis Lostaló S.A. s/ indemnización art. 212 – Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VII(CNTrab)(SalaVII)-

¿Por qué en la actualidad han aumentado considerablemente las licencias psiquiátricas?

Una enfermedad se define como alteración o desviación del estado físico o mental, manifestada por síntomas y signos característicos y diagnosticables. La licencia psiquiátrica es un tipo de enfermedad más, no posee en cuanto a tratamiento legal un tratamiento diferente a una gripe o un resfrío. Pero a nivel social sufre una estigmatización por su carácter “invisible” ya que las enfermedades que se manifiestan de manera corporal y visible resultan menos discutibles que un trastorno mental. Por ello, puede explicarse la subestimación existente entre salud mental y salud física que impera en el imaginario social.

 

Sin embargo, pese a esta cuestión de percepción, la licencia psiquiátrica por enfermedad es un derecho indiscutible y posee los mismos alcances que los que corresponden a cualquier otra enfermedad o patología gozando. Es decir, gozan de la misma protección que brindan las leyes laborales generales pero sumando algunas más, por ejemplo, la Ley de Salud Mental Nº 26.657. 

Debido a la migración, producto de la tecnificación de las actividades primarias tales como agricultura, pesca o minearía, así como de las secundarias, la industria pesada y liviana, el gran flujo de trabajadores se concentra hoy día en el llamado tercer sector o sector de servicios. Este sector tiene la particularidad de ser irremplazable del trabajo humano, ya que por el momento, se caracteriza por la relación que se articula entre seres humanos. Ya sea entre trabajador y cliente, presencial o distancia, entre compañeros en un espacio común o entre empleados y supervisores, el sector de servicios implica necesariamente que exista trato humano directo. Ejemplos de este rubro o actividad son el transporte, la salud, la educación, el comercio, call center, etc. Y es allí, entre las relaciones humanas donde surgen conflictos que afectan a la mente humana, o bien, ya sea que el trato sea directo o remoto (teletrabajo).

Estas razones, entre otras (ej. la pandemia de Covid-18) explican el aumento cuantitativo de licencias psiquiátricas. La razón es simple, cada vez una mayor masa de trabajadores pasan de realizar tareas meramente manuales (o que implican esfuerzo físico) a tareas de carácter complejo donde lo que la exigencia son las habilidades de comunicación, atención, procesamiento de datos y asistencia. En síntesis: tareas que ponen en jaque la capacidad, tolerancia y resistencia mental o psíquica del trabajador. 

Conclusión: Durante licencia psiquiátrica el empleador no puede despedir

Si sufriste un despido o amenazan con despedirte durante la licencia o post-licencia, tenés derechos.

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